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A tenen presente

Hay que conformarse como cooperativa de viviendas

Si es un grupo auto-organizado de vivienda el convenio fija que las cooperativas de vivienda deben estar constituidas a la hora de la adjudicación.

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Hay que demostrar solvencia

El convenio fija la solvencia como un requisito básico. Como cooperativa de vivienda puede asociarse a una gestora para cumplir este requisito.

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Solares disponibles

Consulta esta página para ver los suelos y fincas incorporados recientemente al convenio.

 

La resolución de adjudicaciones de ciclos anteriores las puedes encontrar en la página de adjudicaciones.

Documentación necesaria

Para facilitar la guía en la presentación de propuestas la FCHC y la XES ponen a disposición el siguiente formulario, donde se pide también documentación acreditativa. La documentación total a presentar es la siguiente:

  • Formulario
  • NIF, acta constitución y estatutos de la cooperativa y documento acreditativo de la homologación de promotor social, en su caso.
  • Documentos de la entidad Gestora, en su caso: NIF, acta constitución, estatutos y documento de compromiso entre las dos entidades para la prestación de servicios de Gestora a la Cooperativa.
  • Documentos acreditativos de la solvencia mínima establecida por el convenio, que consisten en un certificado de cada proyecto, emitido por parte de la promotora correspondiente, que acredite quién es la entidad gestora, en su caso, y que incluya el acta de finalización de obra, o de inicio de obras en caso de proyectos en curso. En proyectos sin necesidad de obra la escritura de adquisición y certificado de la cooperativa donde acredite la fecha de entrar a vivir.

Requerimientos y criterios de evaluación

El convenio fija una serie de requerimientos que todas las propuestas de adjudicación deben cumplir para ser aceptadas en la Tabla de Designación. Puede consultar un resumen sobre el convenio o descargarlo directamente para más información. A continuación se resumen los criterios:

  • Celeridad e industrialización en la tramitación y construcción o rehabilitación de viviendas.
  • Capacidad técnica y económica para garantizar la ejecución de la obra y al mismo tiempo dinamizar el sector de la vivienda social y cooperativo.
  • Garantía de precios de alquiler o de cuotas de cesión que se adecuen a los precios protegidos.
  • Evitar la concentración de proyectos en pocos promotores.
  • Criterios de emergencia climática, de mejora energética y límite de elementos contaminantes y desincentivación del uso del vehículo privado.
  • Fomento de los lazos comunitarios.

En cuanto a los requerimientos de solvencia , la cooperativa de cesión de uso designada adjudicataria deberá disfrutar el momento de la firma del convenio de experiencia acreditada en la promoción de vivienda social . Como mínimo deberá haber efectuado o tener en curso (licencia otorgada y obra nueva iniciada), la promoción (obra nueva, rehabilitación o gestión) de 30 viviendas de protección oficial en Cataluña en los últimos 15 años . En el caso de cesión de uso será necesario que la experiencia de la cooperativa sea específica en vivienda de cesión de uso en régimen de VPO.

Si la cooperativa, ya sea en cesión de uso o alquiler, o fundación gozan de un número inferior a 30 viviendas promocionados, o no tienen experiencia, podrá acreditarse indirectamente mediante la suscripción de un contrato para la gestión de la promoción dimanante del convenio con una gestora de viviendas que acredite haber gestionado la promoción de 100 viviendas de protección oficial en los últimos 15 años. O si el número es inferior dos promociones, que como mínimo sumen 30 viviendas, sin necesidad, en el caso de cesión de uso, que la experiencia sea específicamente en cesión de uso; y se considera también que el carácter social y sin ánimo de lucro de la gestora es una buena sinergia en el acompañamiento sin que sea excluyente de gestoras que no tengan este carácter.

Las cooperativas de vivienda de cesión de uso o gestoras específicas de cesión de uso que tampoco cumplan los requisitos anteriores, excepcionalmente podrán considerarse habilitadas efectos de la atribución de suelo o acompañamiento de la cooperativa en caso de la gestora, siempre que puedan acreditar la promoción o gestión de una promoción de cohabitatge de al menos 6 viviendas. En este caso sólo serían candidatas a la asignación de un suelo para cesión de uso que como máximo implique la promoción de 15 viviendas.

Finalmente, para garantizar la asequibilidad de las viviendas, el convenio establece las siguientes condiciones económicas a los proyectos adjudicados:

  • Canon de 0 euros durante la amortización de la financiación bancaria para la construcción y como máximo durante 25 años. A partir de ese momento el canon será de 1,43 euros m2 construido de vivienda o local.
  • Subvenciones retornables del 7% del coste total de la promoción retornables a partir del tercer año siguiente a la finalización de la amortización del préstamo hipotecario durante treinta seis meses. La entidad que haya optado a la solicitud de la subvención retornable deberá destinarse, una vez amortizado el préstamo de financiación para la construcción, el 50% de sus beneficios o excedentes para el Ayuntamiento de Barcelona.
  • Garantía municipal del impago del préstamo en caso de más de cinco vencimientos. En caso de impago de más cinco vencimientos, el titular del derecho del suelo deberá subrogarse en las obligaciones derivadas del préstamo hipotecario o bien proceder a su cancelación.
  • Financiación en negociación en el marco del convenio por parte del ICO, ICF, BEI u otras entidades financieras públicas o privadas.

Términos

El periodo para presentar propuestas de adjudicación en la modalidad de cesión de uso tiene normalmente una duración de 1 mes.

 

Procedimento de presentación de propuestas

Para presentar propuestas de adjudicación en la modalidad de cesión de uso la FCHC y la XES han habilitado la siguiente dirección electrónica  conveni.esal@habicoop.cat donde se debe enviar el siguiente formulario y los documentos acreditativos en un solo archivo PDF.

→ Descarga el formulario aquí

Soporte

Si tiene dudas sobre el convenio puede consultar la página de resumen sobre el convenio o descargarlo directamente.

Si tiene dudas sobre las entidades gestoras que pueden acompañaros a acreditar la solvencia, puede consultar directamente a la FCHC y la XES.

Para el resto puede escribir a conveni.esal@habicoop.cat

CC-BY-SA 2021 FCHC, Cohabitac & XES

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